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Nuevas reglas de personal en jardines de infancia: ¿Quién puede enseñar a los niños?

La ley introduce la posibilidad de contratar personas sin cualificación formal de docente para impartir todas las clases en los jardines de infancia. Esto pretende ayudar en situaciones de escasez de maestros cualificados y se aplica tanto a jardines de infancia públicos como privados. La contratación de dicha persona solo será posible en casos justificados y con el consentimiento del superintendente de educación.
Puntos clave
Los jardines de infancia podrán contratar personas que no sean maestros para impartir todas las clases a los niños.
Esto solo es posible cuando hay escasez de maestros con las cualificaciones requeridas.
La decisión de contratar a dicha persona requiere el consentimiento del superintendente de educación.
El director del jardín de infancia debe considerar que la persona tiene las habilidades adecuadas para trabajar con niños.
Los cambios se aplican tanto a jardines de infancia públicos como privados.
El objetivo es facilitar que los jardines de infancia encuentren personal y garanticen el cuidado de los niños.
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Número de impresión: 10_1480
Fecha de inicio: 2025-07-10