Enmienda a las leyes de salud: planes de recuperación y acceso a especialistas
El proyecto de ley introduce la obligación para las entidades sanitarias que presenten una pérdida neta de elaborar planes de recuperación y permite a las uniones de unidades de gobierno local crear instituciones públicas de salud independientes. Elimina el requisito de derivación para psicólogos, optometristas y médicos deportivos. Permite a los hospitales pediátricos limitar la atención nocturna y festiva a pacientes menores de 18 años.
Puntos clave
Las entidades sanitarias que muestren una pérdida neta estarán obligadas a crear planes de recuperación precedidos de análisis de eficiencia.
Eliminación del requisito de tener una derivación para un psicólogo, médico deportivo y optometrista.
Los optometristas estarán autorizados a emitir derivaciones a un oftalmólogo.
Los hospitales de perfil pediátrico podrán limitar la atención sanitaria nocturna y festiva exclusivamente a niños.
Las uniones de unidades de gobierno local obtendrán la capacidad de crear y gestionar instituciones públicas de salud independientes.
2025-08-05
A favor
231
En contra
203
Abstención
2
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Información adicional
Número de impresión: 10_1483
Fecha de inicio: 2025-07-10
Fecha de votación: 2025-08-05
Reunión nº: 39
Votación nº: 131