Cambios fiscales en fundaciones familiares: nuevas reglas de exención y préstamos
Esta ley introduce nuevas reglas fiscales para las fundaciones familiares, aclarando cuándo sus ingresos no estarán exentos de impuestos. Los cambios incluyen ingresos por alquiler de propiedades, venta de ciertos activos y reglas para la concesión y liquidación de préstamos a beneficiarios. El objetivo es endurecer el sistema fiscal en relación con el uso de fundaciones familiares.
Puntos clave
Las fundaciones familiares pagarán impuestos sobre ciertos ingresos por alquiler de bienes inmuebles, a menos que los alquilen exclusivamente para fines residenciales.
Los ingresos por la venta de activos aportados a la fundación se gravarán si se venden dentro de los 36 meses desde su aportación o adquisición.
Los préstamos concedidos por la fundación a beneficiarios o fundadores, no reembolsados a tiempo o condonados, serán gravados.
Las nuevas reglas entran en vigor el 1 de enero de 2026.
2025-10-17
A favor
233
En contra
199
Abstención
3
gavel
Estado:
Veto Presidencial
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Información adicional
Número de impresión: 10_1753
Fecha de inicio: 2025-10-02
Fecha de votación: 2025-10-17
Reunión nº: 43
Votación nº: 49