Facilitación de la legalización de instalaciones hídricas: sin tasas ni sanciones hasta 2027
Las nuevas regulaciones introducen una exención temporal de tasas y sanciones para las personas que legalicen sus instalaciones hídricas (por ejemplo, pozos, tomas de agua) antes del 30 de septiembre de 2027. Esto permite a los ciudadanos evitar los costos asociados con la falta de permisos previos, fomentando la declaración y el registro de todos estos dispositivos.
Puntos clave
Exención de la tasa de legalización para instalaciones hídricas (por ejemplo, pozos, tomas de agua) construidas sin permiso, si la solicitud se presenta antes del 30 de septiembre de 2027.
No habrá sanción pecuniaria administrativa por poseer una instalación hídrica ilegal si se legaliza antes del 30 de septiembre de 2027.
La legalización es posible si la instalación hídrica cumple con los requisitos técnicos actuales.
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Información adicional
Número de impresión: 10_1941
Fecha de inicio: 2025-11-07