Introducción de secretarios en comisiones electorales y lucha contra los "comités fantasma"
El proyecto de ley modifica el Código Electoral introduciendo la función de secretario de la comisión electoral de distrito, nombrado entre personas con educación superior y experiencia en administración o educación. También cambia las reglas para la composición de las comisiones, limitando el derecho a nominar candidatos a las entidades que realmente hayan registrado listas o candidatos en un distrito determinado.
Puntos clave
Establecimiento de la función de secretario de la comisión electoral de distrito, responsable de coordinar el trabajo y la corrección de los procedimientos, incluido el recuento de votos.
Los candidatos a secretarios deben tener educación superior, no pertenecer a un partido político y tener experiencia en administración o ser docentes.
Los secretarios recibirán una dieta equivalente al 130% de la dieta del presidente de la comisión.
Restricción de la posibilidad de nominar miembros de la comisión exclusivamente a los distritos donde el comité haya registrado una lista o candidato (eliminación de los llamados "comités fantasma").
2025-12-18
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Información adicional
Número de impresión: 10_2006
Fecha de inicio: 2025-11-21
Fecha de votación: 2025-12-18
Reunión nº: 54
Votación nº: 40