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Límite de dos mandatos para alcaldes, presidentes de comuna y de ciudad

Este proyecto de ley modifica la Constitución, introduciendo una norma según la cual los alcaldes, presidentes de comuna y presidentes de ciudad pueden ejercer su cargo por un máximo de dos mandatos de cinco años. El cambio tiene como objetivo fortalecer la democracia local, prevenir la monopolización del poder y aumentar la rotación en estos puestos, fomentando nuevas ideas y una mayor confianza ciudadana. Las nuevas reglas también se aplicarán a quienes ya ocupan estos cargos.
Puntos clave
Los alcaldes, presidentes de comuna y presidentes de ciudad solo podrán ser elegidos para dos mandatos de cinco años.
El límite de dos mandatos también se aplicará a las personas que actualmente ocupan estos cargos, lo que significa que sus mandatos anteriores cuentan para el límite.
El objetivo es aumentar la participación ciudadana en la gobernanza local y evitar la permanencia prolongada en el poder de las mismas personas.
El cambio busca garantizar una mayor transparencia y estabilidad jurídica en el funcionamiento del gobierno local.
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Información adicional
Número de impresión: 10_2211
Fecha de inicio: 2026-02-09