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Pensión de viudedad: Nuevas reglas para combinar prestaciones de jubilación y supervivencia.

El proyecto de ley introduce la posibilidad de combinar la pensión de viudedad tras el fallecimiento del cónyuge con la propia pensión de jubilación o invalidez. Los ciudadanos podrán elegir la opción más favorable, recibiendo una prestación íntegra y la otra al 60%, lo que busca mejorar su situación económica tras la pérdida del cónyuge. El importe máximo de la pensión de viudedad estará limitado.
Puntos clave
Las viudas y viudos podrán combinar la pensión de viudedad con su propia pensión de jubilación o invalidez, eligiendo la opción más beneficiosa.
Será posible recibir una prestación íntegra y la otra al 60% de su importe.
El importe máximo de la pensión de viudedad no podrá superar dos veces y media la pensión media pagada por la ZUS (Institución Polaca de Seguridad Social).
Las autoridades de pensiones (ZUS, KRUS) informarán a los beneficiarios sobre las nuevas reglas y opciones de selección de prestaciones.
La nueva normativa entrará en vigor el 1 de julio de 2024, con posibilidad de pago de prestaciones a partir de esa fecha si se presenta una solicitud antes de finales de 2024.
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Número de impresión: 10_325
Fecha de inicio: 2024-04-24