Nuevas normas para declarar objetos altos para seguridad aérea
La ley introduce la obligación de declarar edificios y otras estructuras de entre 50 y 100 metros de altura al Ministerio de Defensa Nacional. Esto tiene como objetivo mejorar la seguridad del tráfico aéreo. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a sanciones.
Puntos clave
Los propietarios o gestores de objetos de construcción de 50 a 100 metros de altura deben declararlos al Ministerio de Defensa Nacional.
La declaración debe realizarse al menos 2 meses antes de que el objeto alcance los 50 metros de altura.
La falta de declaración o de actualización de datos puede dar lugar a sanciones, incluidas multas o penas de prisión.
Los objetos existentes o en construcción que hayan alcanzado o alcancen entre 50 y 100 metros antes de la entrada en vigor de la ley deben declararse en un plazo de 3 meses a partir de su entrada en vigor.
El Ministerio de Defensa Nacional mantendrá un registro público de los objetos declarados.
2025-02-06
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Información adicional
Número de impresión: 10_952
Fecha de inicio: 2025-01-09
Fecha de votación: 2025-02-06
Reunión nº: 28
Votación nº: 15