Prohibición de bienes de trabajo forzoso de la región de Xinjiang
Esta ley tiene como objetivo bloquear la importación a EE. UU. de todos los bienes producidos con trabajo forzoso, especialmente de la región china de Xinjiang. Esto significa que las empresas estadounidenses deberán verificar exhaustivamente sus cadenas de suministro para asegurarse de que no utilizan dichos productos, lo que podría afectar la disponibilidad y los precios de ciertos bienes. Además, la ley impone sanciones a individuos y empresas involucradas en trabajo forzoso y exige a las empresas que cotizan en bolsa que revelen sus vínculos con entidades que violan los derechos humanos en esa región.
Puntos clave
Prohibición de importación: Todos los bienes de la región china de Xinjiang se presumen fabricados con trabajo forzoso y tienen prohibida la entrada a EE. UU., a menos que el importador proporcione pruebas claras de lo contrario.
Sanciones: Las personas y empresas involucradas en trabajo forzoso en Xinjiang pueden enfrentar sanciones financieras y la denegación de entrada a EE. UU.
Transparencia para inversores: Las empresas estadounidenses que cotizan en bolsa deben revelar cualquier vínculo con entidades involucradas en la vigilancia masiva o la operación de centros de detención en Xinjiang, con el objetivo de proteger a los inversores estadounidenses.
Cooperación internacional: EE. UU. trabajará con otros países para combatir el trabajo forzoso y aumentar la conciencia sobre los abusos de los derechos humanos en Xinjiang.
2021-12-08
A favor
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Expirado
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Número de impresión: 117_HR_1155
Patrocinador: Rep. McGovern, James P. [D-MA-2]
Fecha de inicio: 2021-02-18
Fecha de votación: 2021-12-08
Reunión nº: 1
Votación nº: 412