Restricción de Prohibiciones de Entrada a EE. UU. y Protección Antidiscriminatoria
Las nuevas normas limitan la capacidad del presidente para imponer prohibiciones de entrada a EE. UU. basadas en el origen nacional, la religión o el lugar de residencia. Introducen mayor transparencia y supervisión del Congreso sobre tales decisiones, y facilitan la solicitud de exenciones a las prohibiciones. Los ciudadanos obtienen mayor protección contra decisiones arbitrarias sobre la entrada y los beneficios migratorios.
Puntos clave
No discriminación: No se puede denegar una visa, la admisión o beneficios migratorios por origen nacional, sexo, religión o lugar de residencia.
Autoridad presidencial limitada: El presidente solo puede suspender la entrada en casos específicos y justificados que amenacen la seguridad o el orden público, y esto debe ser estrictamente definido en tiempo y alcance.
Mayor supervisión del Congreso: El presidente debe consultar al Congreso antes de imponer una prohibición e informar regularmente sobre sus efectos; de lo contrario, la prohibición termina.
Facilitación de exenciones: La ley presume a favor de conceder exenciones basadas en la familia y por razones humanitarias.
Derecho a revisión judicial: Las personas perjudicadas por acciones ilegales pueden presentar una demanda en un tribunal.
2021-04-21
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Número de impresión: 117_HR_1333
Patrocinador: Rep. Chu, Judy [D-CA-27]
Fecha de inicio: 2021-02-25
Fecha de votación: 2021-04-21
Reunión nº: 1
Votación nº: 127