Crédito fiscal para pequeñas empresas que contraten cónyuges de militares
Esta ley establece un nuevo crédito fiscal para pequeños empleadores que contraten a cónyuges de miembros de los servicios uniformados. Para calificar, los empleadores deben permitir que estos empleados participen en planes de contribución definida dentro de los dos meses posteriores a la contratación y otorgarles inmediatamente derechos no consolidables sobre las contribuciones del empleador.
Puntos clave
Las pequeñas empresas pueden recibir hasta 500 USD anuales en crédito fiscal por cada cónyuge militar elegible (250 USD base más hasta 250 USD en contribuciones del empleador).
Los cónyuges militares deben ser elegibles para participar en el plan de jubilación a más tardar 2 meses después de comenzar el empleo.
Los cónyuges militares deben tener inmediatamente un derecho no consolidable sobre el beneficio acumulado derivado de las contribuciones del empleador.
El crédito se aplica al año fiscal en que el individuo comenzó a participar en el plan y a los 2 años fiscales siguientes.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_1453
Patrocinador: Rep. Crow, Jason [D-CO-6]
Fecha de inicio: 2021-03-01