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Protección contra la violencia doméstica: Ampliación de la prohibición de armas para agresores.

Esta ley busca proteger mejor a las víctimas de violencia doméstica impidiendo que los agresores posean armas de fuego. Amplía las definiciones de "pareja íntima" y "delito menor de violencia doméstica" para incluir más relaciones y comportamientos. En consecuencia, las personas sujetas a una orden judicial por violencia doméstica tendrán prohibido adquirir o poseer legalmente armas de fuego, mejorando la seguridad de las víctimas.
Puntos clave
Amplía la definición de "pareja íntima" para incluir a las parejas de citas y personas en situaciones similares, ampliando la protección.
Amplía la definición de "delito menor de violencia doméstica" para incluir el acoso y las amenazas, cubriendo a más agresores.
Prohíbe la posesión de armas de fuego a las personas sujetas a una orden judicial por violencia doméstica, con el objetivo de aumentar la seguridad de las víctimas.
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Encuesta ciudadana
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Información adicional
Número de impresión: 117_HR_1923
Patrocinador: Rep. Himes, James A. [D-CT-4]
Fecha de inicio: 2021-03-16