Ley de Protección de Nuestras Comunidades contra la Violencia de Pandillas: Nuevas Reglas de Inmigración
Esta ley enmienda la Ley de Inmigración y Nacionalidad para establecer una definición de pandilla criminal y crear nuevas causales de inadmisibilidad y deportabilidad para extranjeros asociados con dichos grupos. Autoriza al Secretario de Seguridad Nacional a designar pandillas criminales y ordena la detención de extranjeros que sean inadmisibles o deportables debido a vínculos con pandillas. Además, el proyecto de ley prohíbe a las personas asociadas con pandillas presentar peticiones de inmigración para otros y amplía las causales de desnaturalización para ciudadanos asociados con pandillas dentro de los 10 años posteriores a la naturalización.
Puntos clave
Establece una definición de 'pandilla criminal' como un grupo de 5 o más personas que cometen delitos específicos y permite al Secretario de Seguridad Nacional designarlos.
Los extranjeros que sean miembros o participen en actividades de pandillas criminales se vuelven inadmisibles, deportables y sujetos a detención obligatoria.
Se prohíbe a las personas asociadas con pandillas (incluidos los ciudadanos estadounidenses) presentar solicitudes de inmigración en nombre de otros o asumir la custodia de menores extranjeros no acompañados.
Los ciudadanos naturalizados pueden enfrentar la desnaturalización si se convierten en miembros o se afilian a una pandilla criminal dentro de los 10 años posteriores a la naturalización.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_1995
Patrocinador: Rep. Zeldin, Lee M. [R-NY-1]
Fecha de inicio: 2021-03-17