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Restricción de Demandas sobre Símbolos Religiosos en Espacios Públicos

Esta ley restringe la capacidad de demandar a los gobiernos estatales, locales y federales por la presencia de símbolos religiosos en espacios públicos, como monumentos o edificios. Los ciudadanos aún pueden presentar tales demandas, pero no podrán reclamar daños financieros ni honorarios legales, solo medidas cautelares o declarativas. El objetivo es reducir las demandas que, según los autores del proyecto de ley, se utilizan para extorsionar dinero.
Puntos clave
Limita la capacidad de recuperar daños financieros y honorarios legales en demandas relacionadas con símbolos religiosos en espacios públicos.
Las demandas sobre símbolos religiosos solo pueden resultar en una orden para eliminar el símbolo o una declaración de violación, sin consecuencias financieras para el gobierno.
Los cambios se aplican a las autoridades estatales, locales y federales, incluidos los símbolos en la moneda o los sellos oficiales.
La ley se aplica a los casos ya pendientes y a los iniciados después de su promulgación.
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Expirado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
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Número de impresión: 117_HR_2224
Patrocinador: Rep. Johnson, Mike [R-LA-4]
Fecha de inicio: 2021-03-26