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Ley AMIGOS: Protección de la PI y distribución prioritaria de vacunas COVID-19

Esta ley busca restringir la renuncia a los derechos de propiedad intelectual de las vacunas COVID-19 sin la aprobación del Congreso. Además, establece prioridades para la distribución de vacunas excedentes a otros países, enfocándose en naciones latinoamericanas y aliados de EE. UU., con énfasis en monitorear su distribución. Los ciudadanos podrían sentir el impacto a través de la política exterior de salud pública de EE. UU.
Puntos clave
El Presidente no puede renunciar a las protecciones de propiedad intelectual para las vacunas COVID-19 sin autorización explícita del Congreso.
Las vacunas COVID-19 excedentes se priorizarán para los países del hemisferio occidental con las tasas de inmunización más bajas, seguidos por los aliados de EE. UU.
Las vacunas proporcionadas a países extranjeros deben marcarse como asistencia de EE. UU., a menos que ponga en peligro al personal de entrega o la administración.
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Número de impresión: 117_HR_3236
Patrocinador: Rep. Salazar, Maria Elvira [R-FL-27]
Fecha de inicio: 2021-05-14