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Ley de Órdenes de Protección de Riesgo Extremo: Seguridad de Armas de Fuego

Esta ley busca apoyar a los estados y tribus en la creación e implementación de leyes que permitan la retirada temporal de armas de fuego a individuos considerados un peligro para sí mismos o para otros por un tribunal. Los ciudadanos podrían ver cambios en los procedimientos de posesión de armas, destinados a mejorar la seguridad pública y prevenir la violencia armada.
Puntos clave
Establece un programa de subvenciones para estados y tribus para financiar e implementar leyes de órdenes de protección de riesgo extremo (leyes de bandera roja).
Crea una prohibición federal de armas de fuego para individuos sujetos a una orden de protección de riesgo extremo emitida por un tribunal, siempre que se respeten los derechos al debido proceso.
Requiere que las órdenes de protección de riesgo extremo se registren en bases de datos nacionales, facilitando la aplicación y las verificaciones de antecedentes.
Asegura que las órdenes de protección de riesgo extremo emitidas en un estado o por una tribu sean reconocidas y aplicadas en otros estados y por otras tribus.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Expirado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_3480
Patrocinador: Rep. Carbajal, Salud O. [D-CA-24]
Fecha de inicio: 2021-05-25