Derecho de Organización de Atletas Universitarios
Esta ley busca otorgar a los atletas universitarios el derecho a formar sindicatos y negociar colectivamente sus términos de empleo, similar a los trabajadores de otras industrias. Esto significa que los atletas podrían negociar conjuntamente reglas sobre compensación, seguridad y otras condiciones, lo que podría afectar sus finanzas y vida diaria. Es importante destacar que la ley no cambia el tratamiento fiscal de las becas deportivas ni su impacto en la ayuda financiera.
Puntos clave
Los atletas universitarios serán reconocidos como empleados, otorgándoles el derecho a formar sindicatos y negociar sus condiciones laborales.
Tanto las instituciones de educación superior públicas como privadas estarán cubiertas por las leyes laborales relativas a los atletas universitarios.
Las becas deportivas y otras compensaciones directas no se convertirán automáticamente en ingresos imponibles ni afectarán la elegibilidad para la ayuda financiera federal.
Los atletas no pueden renunciar a su derecho a organizarse mediante acuerdos o liquidaciones.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_3895
Patrocinador: Rep. Bowman, Jamaal [D-NY-16]
Fecha de inicio: 2021-06-15