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Fin de la recepción simultánea de desempleo y seguro de discapacidad

Las nuevas reglas buscan evitar que las personas reciban simultáneamente beneficios de desempleo y seguro de discapacidad del Seguro Social. Si recibe beneficios de desempleo, esto podría considerarse una actividad lucrativa sustancial, lo que podría descalificarlo para los pagos por discapacidad. Estos cambios se aplican a quienes soliciten beneficios por discapacidad y reciban compensación por desempleo a partir del 1 de enero de 2022.
Puntos clave
Recibir beneficios de desempleo se considerará una actividad lucrativa sustancial, lo que podría hacer que las personas no sean elegibles para el seguro de discapacidad.
Los cambios cubren la compensación por desempleo regular, extendida y adicional, así como la asignación de reajuste comercial.
Las nuevas reglas entran en vigor el 1 de enero de 2022 para nuevas solicitudes de beneficios por discapacidad y compensación por desempleo recibida a partir de esa fecha.
La Administración del Seguro Social utilizará la coincidencia electrónica de datos para hacer cumplir estas disposiciones.
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Número de impresión: 117_HR_3971
Patrocinador: Rep. Arrington, Jodey C. [R-TX-19]
Fecha de inicio: 2021-06-17