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Protección contra la violencia doméstica: Ampliación de prohibiciones de armas de fuego

Esta ley busca mejorar la seguridad de las víctimas de violencia doméstica al ampliar la definición de "pareja íntima" y "delito menor de violencia doméstica". Esto significa que más personas sujetas a órdenes de protección estarán protegidas de que los abusadores posean armas de fuego. Además, establece un programa de subvenciones para ayudar a los estados y tribus a retirar eficazmente las armas de fuego de los agresores de violencia doméstica condenados.
Puntos clave
Amplía las definiciones federales de "pareja íntima" y "delito menor de violencia doméstica" para incluir a las parejas de citas y otras personas protegidas por las leyes locales.
Prohíbe a las personas sujetas a órdenes de protección por violencia doméstica, incluidas las órdenes de emergencia, poseer o comprar armas de fuego y municiones.
Establece un programa de subvenciones para que los estados y las tribus apoyen a las fuerzas del orden y a los tribunales en la retirada de armas de fuego de los agresores de violencia doméstica.
Exige que los tribunales emitan órdenes de entrega de armas de fuego, obligando a los abusadores a entregar o vender las armas en un plazo de 24 horas y a presentar declaraciones juradas.
Garantiza el almacenamiento seguro de las armas entregadas y su devolución al expirar la orden de protección, sujeto a verificaciones de antecedentes.
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Número de impresión: 117_HR_4139
Patrocinador: Rep. Himes, James A. [D-CT-4]
Fecha de inicio: 2021-06-24