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Cobertura de seguro equitativa para servicios de telesalud

Nuevas normas exigen que las aseguradoras de salud cubran los servicios médicos a distancia (telesalud) en las mismas condiciones que las visitas presenciales. Esto significa que los ciudadanos tendrán un acceso más fácil a la atención médica, incluidos los servicios de salud mental, sin costos ni restricciones adicionales.
Puntos clave
Las aseguradoras deben cubrir los servicios de telesalud de igual manera que las visitas presenciales.
No se requiere una relación previa con el médico para los servicios de telesalud.
Opción de eximir el copago para los servicios de telesalud relacionados con COVID-19.
Las disposiciones se aplican a los años de plan que comiencen a partir del 1 de enero de 2022.
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Información adicional
Telehealth Coverage and Payment Parity Act
Número de impresión: HR 4480
Patrocinador: Rep. Phillips, Dean [D-MN-3]
Fecha de inicio: 2021-07-16