Protección de Datos Digitales de Ciudadanos de EE. UU. en Fronteras
Esta ley busca mejorar la protección de la privacidad digital de los ciudadanos estadounidenses al cruzar fronteras. Limita la capacidad de los agentes fronterizos para registrar teléfonos y cuentas en línea sin una orden judicial, y establece reglas claras para el consentimiento de acceso a datos y su retención. Esto otorga a los ciudadanos un mayor control sobre su información digital.
Puntos clave
Las agencias fronterizas no pueden registrar dispositivos electrónicos ni cuentas en línea de ciudadanos estadounidenses sin una orden judicial.
No se puede negar la entrada o salida a un ciudadano, ni demorarlo por más de 4 horas, por negarse a proporcionar datos digitales sin una orden.
Se establecen excepciones para situaciones de emergencia (peligro de muerte, seguridad nacional, crimen organizado), pero requieren la obtención posterior de una orden.
Cualquier dato obtenido ilegalmente debe ser destruido inmediatamente y no puede usarse como prueba.
La ley exige el consentimiento informado por escrito para el acceso a los datos, con la divulgación completa de los derechos del ciudadano.
Las agencias deben mantener registros detallados de cada instancia de acceso a datos digitales en la frontera y presentar informes anuales al Congreso.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_5524
Patrocinador: Rep. Lieu, Ted [D-CA-33]
Fecha de inicio: 2021-10-08