Prohibición de precios abusivos en suministros de emergencia para socorristas
Esta ley busca proteger a las agencias gubernamentales y organizaciones sin fines de lucro que responden a emergencias de aumentos injustos de precios en suministros esenciales. Significa que, durante una emergencia declarada, los vendedores no podrán subir drásticamente los precios de los bienes necesarios para la salud y la seguridad, asegurando que los socorristas tengan acceso a recursos críticos.
Puntos clave
La ley prohíbe a los vendedores aumentar los precios de los suministros de emergencia en un 10% o más por encima del precio promedio de los 30 días anteriores a una declaración de emergencia, a menos que esté justificado por costos razonables.
La Comisión Federal de Comercio y los fiscales generales estatales pueden hacer cumplir estas reglas, imponiendo sanciones y buscando daños para las partes afectadas.
Las regulaciones se aplican a bienes y equipos esenciales para los socorristas, como hospitales y agencias de salud, durante emergencias de salud pública o desastres declarados.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_732
Patrocinador: Rep. Speier, Jackie [D-CA-14]
Fecha de inicio: 2021-02-02