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No hay exenciones fiscales para viajes de aborto o costos de transición de género infantil

Este proyecto de ley tiene como objetivo evitar que las empresas deduzcan de sus impuestos los gastos relacionados con los viajes de los empleados para abortar o los procedimientos de transición de género para sus hijos menores. Esto significa que las empresas no podrían tratar estos gastos como costos comerciales, lo que podría influir en sus decisiones sobre ofrecer tales beneficios a los empleados.
Puntos clave
Las empresas no podrán deducir los costos de viaje de los empleados para abortar de los impuestos.
Las empresas no podrán deducir los costos de los procedimientos de transición de género para los hijos menores de los empleados de los impuestos.
Los cambios se aplican a los gastos incurridos después de que el proyecto de ley se convierta en ley.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Expirado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_7684
Patrocinador: Rep. Mast, Brian J. [R-FL-18]
Fecha de inicio: 2022-05-06