Justicia para Víctimas de Crímenes de Guerra: Ampliación de la Jurisdicción de EE. UU.
Esta ley amplía la capacidad de procesar a individuos responsables de crímenes de guerra, sin importar dónde ocurrieron, si la víctima o el delincuente tienen una conexión con EE. UU., o si el delincuente está presente en EE. UU. Esto significa que Estados Unidos podrá responsabilizar a más personas por estos actos atroces, aumentando las posibilidades de justicia para las víctimas en todo el mundo.
Puntos clave
EE. UU. puede procesar crímenes de guerra incluso si se cometieron fuera de su territorio, si la víctima o el delincuente es un ciudadano estadounidense, residente permanente o miembro de las Fuerzas Armadas de EE. UU.
Es posible procesar a los delincuentes de crímenes de guerra presentes en EE. UU., independientemente de su nacionalidad o la nacionalidad de la víctima.
No hay límite de tiempo para iniciar procedimientos en casos de crímenes de guerra, lo que significa que los perpetradores pueden ser procesados en cualquier momento.
La persecución solo puede iniciarse con la certificación escrita del Fiscal General, si es de interés público y necesario para asegurar una justicia sustancial.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_7818
Patrocinador: Rep. Cicilline, David N. [D-RI-1]
Fecha de inicio: 2022-05-18