Mayor Transparencia y Protección para Personas con Discapacidad Intelectual
Esta ley busca mejorar la seguridad y la atención de las personas con discapacidad intelectual que residen en centros de atención. Establece la obligación de publicar información clave sobre estas instalaciones en línea, facilitando a las familias y cuidadores la toma de decisiones informadas. Además, se creará un consejo asesor para desarrollar recomendaciones sobre la prevención de abusos y negligencias.
Puntos clave
Acceso público a la información de las instalaciones: Los sitios web del gobierno mostrarán datos sobre los resultados de las inspecciones, las deficiencias identificadas y los planes de acción correctiva para las instalaciones de atención a personas con discapacidad intelectual. Esto permitirá una fácil verificación de la calidad de la atención.
Formulario de queja estandarizado: Se introducirá un formulario de queja uniforme, junto con instrucciones sobre cómo y dónde presentar una queja. Esto facilitará a los ciudadanos la notificación de posibles problemas.
Consejo Asesor sobre Prevención de Abusos: Se formará un consejo especial compuesto por expertos, familias y representantes de las instalaciones para desarrollar recomendaciones para mejorar la seguridad, la capacitación del personal y la prevención de abusos.
Acceso al Banco Nacional de Datos de Profesionales: Las instalaciones de atención podrán verificar los antecedentes de los empleados en una base de datos nacional, con el objetivo de aumentar la seguridad de los residentes.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_8468
Patrocinador: Rep. Gallego, Ruben [D-AZ-7]
Fecha de inicio: 2022-07-21