Prohibición de Cría y Exhibición de Orcas, Belugas, Falsas Orcas y Calderones
Esta ley tiene como objetivo mejorar el bienestar de ciertas especies de cetáceos, como orcas y belugas, prohibiendo su cría, importación, exportación y uso para exhibiciones públicas. Los ciudadanos podrían notar cambios en la oferta de parques marinos y acuarios, que ya no podrán presentar estos animales, lo que podría afectar la disponibilidad de ciertas atracciones turísticas. Estos cambios reflejan una creciente conciencia pública sobre el trato ético de los animales.
Puntos clave
Prohibición de la exportación, importación y captura de orcas, belugas, falsas orcas y calderones para fines de exhibición pública.
Prohibición de la cría e inseminación artificial de estas especies de cetáceos con el propósito de utilizar su descendencia para exhibiciones públicas.
Las excepciones a la prohibición de exportación incluyen el transporte a santuarios de mamíferos marinos o la liberación a la naturaleza, siempre que sea en el mejor interés del animal individual.
Los santuarios marinos deben proporcionar condiciones lo más cercanas posible a su entorno natural, priorizar el bienestar individual y no ser utilizados con fines de lucro o cría para exhibiciones públicas.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_8514
Patrocinador: Rep. Schiff, Adam B. [D-CA-28]
Fecha de inicio: 2022-07-26