Regulación del uso de reconocimiento facial por la policía, protección de la privacidad
Esta ley introduce nuevas reglas para el uso de la tecnología de reconocimiento facial por parte de las fuerzas del orden, exigiendo órdenes judiciales y estableciendo excepciones para emergencias. Su objetivo es proteger la privacidad de los ciudadanos y prevenir el uso indebido, al tiempo que garantiza que la tecnología se utilice de manera responsable y legal.
Puntos clave
Las fuerzas del orden solo pueden usar el reconocimiento facial con una orden judicial, excepto en emergencias.
Las bases de datos de fotos de arrestos deben depurarse regularmente de fotos de menores, personas absueltas o liberadas sin cargos.
Prohíbe el uso del reconocimiento facial para el seguimiento en tiempo real (vigilancia facial) y para la aplicación de leyes de inmigración.
Las coincidencias de reconocimiento facial no pueden ser la única base para un arresto u otras acciones policiales.
Pruebas obligatorias de precisión y sesgo para los sistemas de reconocimiento facial para prevenir la discriminación.
Los ciudadanos pueden demandar a las fuerzas del orden por el uso ilegal del reconocimiento facial, con posibilidad de indemnización.
Exige informar a las personas sobre el uso del reconocimiento facial en su caso y proporcionar la documentación relacionada.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_HR_9061
Patrocinador: Rep. Lieu, Ted [D-CA-33]
Fecha de inicio: 2022-09-29