Ampliación de la Beca Fry para familias de veteranos fallecidos
Esta ley amplía la elegibilidad para la Beca Fry, que ayuda a cubrir los costos de educación. Ahora, además de las familias de militares fallecidos en acto de servicio, los cónyuges e hijos de personas que fallecieron por una discapacidad relacionada con el servicio dentro de los 120 días posteriores a la finalización de su servicio también recibirán apoyo. Estos cambios tienen como objetivo proporcionar una mayor asistencia educativa a las familias de los veteranos.
Puntos clave
La Beca Fry estará disponible para cónyuges e hijos de veteranos que fallecieron por una discapacidad relacionada con el servicio dentro de los 120 días posteriores a la finalización de su servicio.
Una condición para la elegibilidad es que el veterano fallecido haya recibido una baja honorable del servicio militar.
Estos cambios se aplican a las muertes ocurridas antes, durante o después de la fecha de promulgación de la ley, con beneficios pagaderos a partir del 1 de agosto de 2023.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_S_1096
Patrocinador: Sen. Lankford, James [R-OK]
Fecha de inicio: 2021-04-13