Ley de Órdenes de Protección de Riesgo Extremo: Armas de Fuego y Seguridad Pública
Esta ley busca apoyar a los estados y tribus indígenas en la creación de leyes que permitan a los tribunales retirar temporalmente armas de fuego a individuos que representen un peligro para sí mismos o para otros. A través de este programa de subvenciones, las comunidades locales pueden recibir fondos para la capacitación de las fuerzas del orden, la educación pública y la mejora de los procedimientos, todo ello con el fin de aumentar la seguridad y prevenir la violencia armada.
Puntos clave
Apoyo financiero para estados y tribus indígenas para implementar leyes de retirada temporal de armas de fuego a individuos peligrosos.
Los tribunales pueden emitir órdenes de protección de riesgo extremo, prohibiendo temporalmente la posesión de armas de fuego o exigiendo su entrega.
Capacitación obligatoria para los agentes del orden sobre el uso seguro y equitativo de estas órdenes, abordando los prejuicios y la violencia doméstica.
Inclusión de las órdenes de protección de riesgo extremo en las bases de datos nacionales para mejorar las verificaciones de antecedentes para la compra de armas de fuego.
Garantía de que las órdenes emitidas en un estado o por una tribu indígena sean reconocidas y aplicadas en otros estados y por otras tribus.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_S_1819
Patrocinador: Sen. Feinstein, Dianne [D-CA]
Fecha de inicio: 2021-05-25