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Ley de Acceso a la Atención de Salud Mental a Distancia de 2021

Esta ley enmienda el Título XVIII de la Ley de Seguridad Social para garantizar la cobertura de los servicios de salud mental prestados a través de telesalud. Las enmiendas son retroactivas, entrando en vigor como si estuvieran incluidas en la Ley de Asignaciones Consolidadas de 2021. Además, la ley requiere que el Secretario de Salud y Servicios Humanos presente un informe sobre la utilización de estos servicios, incluidas recomendaciones sobre la prevención del fraude y la financiación de la supervisión.
Puntos clave
Enmienda el Título XVIII de la Ley de Seguridad Social para asegurar la cobertura de servicios de salud mental por telesalud.
Los cambios son retroactivos, efectivos según la Ley de Asignaciones Consolidadas de 2021.
Exige un informe sobre la utilización de servicios, prevención de fraudes y financiación para auditorías.
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Número de impresión: 117_S_2061
Patrocinador: Sen. Cassidy, Bill [R-LA]
Fecha de inicio: 2021-06-15