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Estancias de larga duración más fáciles para jubilados canadienses en EE. UU.

Esta ley simplifica las estancias de larga duración para jubilados canadienses en los Estados Unidos, permitiéndoles permanecer más tiempo en el país sin perder su estatus fiscal de no residente. Los ciudadanos canadienses de 50 años o más, que posean o alquilen una residencia en EE. UU., ahora pueden pasar hasta 240 días al año en los Estados Unidos, lo que puede influir en sus planes de jubilación y estilo de vida.
Puntos clave
Los jubilados canadienses (mayores de 50 años) pueden permanecer en EE. UU. hasta 240 días al año si poseen o alquilan una residencia allí.
La estancia en EE. UU. no se considerará una intención de abandonar la residencia canadiense, simplificando el estatus fiscal de no residente.
Estas personas no pueden trabajar en EE. UU., excepto teletrabajo para un empleador canadiense, ni solicitar beneficios sociales.
Los cónyuges de los jubilados canadienses también pueden beneficiarse de las mismas disposiciones de estancia.
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Número de impresión: S 2096
Patrocinador: Sen. Rubio, Marco [R-FL]
Fecha de inicio: 2021-06-17