Ley de Responsabilidad de la UNRWA: Cambios en la financiación de EE. UU.
Esta ley modifica las condiciones bajo las cuales Estados Unidos puede apoyar financieramente a la Agencia de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina (UNRWA). Introduce nuevos criterios para definir a un refugiado palestino y exige que la UNRWA cumpla con estrictos estándares de transparencia, lucha contra el terrorismo y el antisemitismo antes de recibir fondos. Los ciudadanos deben saber que estos cambios podrían afectar el alcance y el método de la ayuda humanitaria en la región.
Puntos clave
Nueva definición de refugiado palestino: Limita el estatus de refugiado a las personas directamente desplazadas en 1948 y su familia inmediata, excluyendo a quienes hayan aceptado residencia permanente en otro lugar.
Retención de fondos de la UNRWA: EE. UU. retendrá las contribuciones si la UNRWA no cumple las condiciones sobre vínculos con el terrorismo, prevención del antisemitismo y propaganda antiisraelí, y transparencia financiera.
Limitaciones de financiación: Incluso si se cumplen las condiciones, las contribuciones de EE. UU. no pueden exceder la contribución más alta de un país de la Liga Árabe ni ser proporcionalmente mayores que la contribución de EE. UU. al ACNUR.
Requisito de informe y planificación: El Secretario de Estado debe informar anualmente sobre los esfuerzos para alentar a otros países a adoptar políticas similares y eliminar gradualmente la UNRWA, integrando a los refugiados en las comunidades locales.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_S_2479
Patrocinador: Sen. Risch, James E. [R-ID]
Fecha de inicio: 2021-07-27