arrow_back Volver a la aplicación

Protección de los ríos Gila en Nuevo México: designaciones de ríos salvajes y escénicos

Esta ley protege segmentos específicos del sistema fluvial Gila en Nuevo México al designarlos como componentes del Sistema Nacional de Ríos Salvajes y Escénicos. El objetivo es preservar el agua limpia, los hábitats de vida silvestre y las oportunidades recreativas para las generaciones actuales y futuras. Es importante destacar que la ley garantiza que los derechos existentes, como los de propiedad, agua y pastoreo, permanezcan inalterados.
Puntos clave
Designación de numerosos segmentos fluviales en Nuevo México (con un total de más de 400 millas) como salvajes, escénicos o recreativos.
Preservación del acceso público a las tierras públicas a lo largo de los ríos y apoyo a actividades tradicionales como la caza, la pesca y la recreación al aire libre.
Protección de los derechos de propiedad privada existentes, derechos de agua, sistemas de riego y operaciones agrícolas, sin adquisición de tierras sin el consentimiento del propietario.
Transferencia de jurisdicción administrativa de aproximadamente 440 acres de tierra del Servicio Forestal al Servicio de Parques Nacionales para modificar el límite del Monumento Nacional Gila Cliff Dwellings.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Expirado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 117_S_3129
Patrocinador: Sen. Heinrich, Martin [D-NM]
Fecha de inicio: 2021-11-02