Informe sobre la Hermandad Musulmana: Designación de organización terrorista extranjera
Esta ley exige que el Secretario de Estado presente un informe que evalúe si la Hermandad Musulmana cumple los criterios para ser designada como organización terrorista extranjera. El objetivo es proporcionar al Congreso información que pueda influir en la política exterior y la seguridad nacional, alterando potencialmente la forma en que Estados Unidos percibe y responde a las actividades de este grupo.
Puntos clave
Requiere que el Secretario de Estado presente un informe dentro de los 60 días posteriores a la promulgación de la ley.
El informe debe evaluar si la Hermandad Musulmana cumple los criterios de organización terrorista extranjera.
Si no se cumplen los criterios, el informe debe incluir una justificación detallada.
La información del informe podría afectar las decisiones de seguridad nacional y política exterior de EE. UU.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_S_3151
Patrocinador: Sen. Cruz, Ted [R-TX]
Fecha de inicio: 2021-11-03