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Fortalecimiento de la lucha contra el tráfico ilegal de vida silvestre

La ley reautoriza las actividades del Grupo de Trabajo Presidencial sobre el Tráfico de Vida Silvestre y modifica las definiciones y procedimientos relativos a los países identificados como fuentes o puntos de tránsito del tráfico. Amplía el uso de la tecnología en los esfuerzos contra la caza furtiva, incluso en plataformas digitales, y otorga al Secretario del Interior la autoridad para emitir citaciones administrativas para hacer cumplir las leyes de protección de especies.
Puntos clave
Reautorización de las actividades y la presentación de informes del Grupo de Trabajo Presidencial sobre el Tráfico de Vida Silvestre.
Enmienda de la definición de "país de preocupación" para incluir a los gobiernos que participan activamente o se benefician a sabiendas del tráfico de especies protegidas.
Promoción de programas que utilizan tecnología para combatir la caza furtiva, incluido el abordaje del comercio en plataformas digitales y el uso de monedas digitales.
Autorización al Secretario del Interior para emitir citaciones a testigos y documentos en investigaciones relacionadas con la importación, exportación o comercio interestatal de vida silvestre.
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Información adicional
Número de impresión: 117_S_3211
Patrocinador: Sen. Coons, Christopher A. [D-DE]
Fecha de inicio: 2021-11-15