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Nuevas reglas de identificación aeroportuaria y control biométrico

Esta ley introduce nuevas reglas para los documentos de identificación aceptados en los aeropuertos, lo que significa que ciertos documentos relacionados con la inmigración ya no serán válidos. Además, las personas cuya ciudadanía estadounidense no pueda verificarse y que no presenten documentos aceptados específicos deberán proporcionar información biométrica antes de ingresar a las áreas estériles de los aeropuertos.
Puntos clave
Ciertos documentos de aplicación de la ley de inmigración (por ejemplo, órdenes de arresto, órdenes de liberación) no serán aceptados como identificación válida en los puntos de control de seguridad del aeropuerto.
Si una persona presenta un documento prohibido, las autoridades aeroportuarias notificarán a las agencias de inmigración y a las fuerzas del orden locales.
A las personas que se encuentren en violación de los términos de liberación y presenten un documento prohibido se les negará la entrada a las áreas estériles del aeropuerto, a menos que salgan de los EE. UU. para su expulsión/deportación o presenten un documento de identificación válido y aceptado.
Se recopilará información biométrica (por ejemplo, huellas dactilares, fotografías faciales) de las personas que no presenten un documento de identificación aceptado y cuya nacionalidad estadounidense no pueda verificarse.
Los datos biométricos recopilados se enviarán al Sistema Automatizado de Identificación Biométrica (IDENT).
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Número de impresión: 117_S_3602
Patrocinador: Sen. Rubio, Marco [R-FL]
Fecha de inicio: 2022-02-08