Ley de Continuidad y Estabilidad Económica: Reemplazo de LIBOR
Esta ley establece un proceso claro y uniforme a nivel nacional para reemplazar la tasa de referencia LIBOR en contratos existentes que carecen de disposiciones de reemplazo practicables. Su propósito es evitar litigios resultantes de la discontinuación de LIBOR y asegurar la continuidad del contrato mediante la designación de un reemplazo de referencia seleccionado por la Junta (basado en SOFR).
Puntos clave
Establecimiento de una tasa basada en SOFR como reemplazo para contratos LIBOR que carecen de cláusulas de respaldo adecuadas.
Disposición de que las modificaciones de contratos bajo esta ley no se traten como una venta o intercambio de propiedad para fines del impuesto federal sobre la renta.
Protección (puerto seguro) contra reclamaciones para entidades que utilicen el reemplazo de referencia seleccionado por la Junta.
Enmienda a la Ley de Educación Superior de 1965 para ajustar los cálculos de asignaciones especiales para préstamos estudiantiles en caso de cese de LIBOR.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 117_S_3844
Patrocinador: Sen. Tester, Jon [D-MT]
Fecha de inicio: 2022-03-15