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Ampliación del acceso financiero para comunidades desatendidas

Esta ley tiene como objetivo facilitar que las cooperativas de crédito presten servicios financieros en áreas donde el acceso a los bancos es limitado. Esto podría significar más opciones bancarias y de crédito para las personas que viven en estos lugares.
Puntos clave
Las cooperativas de crédito podrán abrir sucursales y ofrecer servicios más fácilmente en áreas designadas como desatendidas.
La definición de área desatendida incluye áreas de bajos ingresos o aquellas alejadas de los bancos y cooperativas de crédito más cercanos.
Las cooperativas de crédito que se expandan a estas áreas deben presentar un plan e informar sobre los servicios prestados.
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Número de impresión: 117_S_4879
Patrocinador: Sen. Padilla, Alex [D-CA]
Fecha de inicio: 2022-09-19