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Prohibición del aborto por síndrome de Down: Nuevas normas y sanciones

Las nuevas regulaciones prohíben los abortos si la razón es un diagnóstico de síndrome de Down en el feto. Los ciudadanos deben saber que la ley impone sanciones a quienes realicen dichos abortos y permite demandas civiles por daños. Los profesionales médicos están obligados a informar sobre presuntas violaciones de la ley.
Puntos clave
Prohibición del aborto cuando la razón es la sospecha o el diagnóstico de síndrome de Down en el feto.
Sanciones económicas y hasta 5 años de prisión para quienes realicen abortos prohibidos.
Posibilidad de que las mujeres, padres o abuelos busquen indemnización por daños en caso de violaciones.
Los profesionales médicos están obligados a informar sobre presuntas violaciones, bajo pena de hasta 1 año de prisión.
Una mujer a la que se le practique un aborto no será procesada ni considerada civilmente responsable.
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Encuesta ciudadana
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Número de impresión: 117_S_75
Patrocinador: Sen. Inhofe, James M. [R-OK]
Fecha de inicio: 2021-01-28