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Nuevas reglas de accesibilidad para dispositivos médicos caseros para ciegos

Esta ley establece estándares obligatorios de accesibilidad para ciertos dispositivos médicos domésticos con interfaces digitales, como monitores de presión arterial o máquinas de apnea del sueño. El objetivo es garantizar que las personas ciegas o con baja visión puedan utilizar estos dispositivos esenciales de forma segura, privada e independiente en casa. Los fabricantes deberán diseñar interfaces que sean igualmente efectivas y fáciles de usar para todos los consumidores.
Puntos clave
Los nuevos dispositivos médicos destinados al uso doméstico deben incluir funciones de accesibilidad no visual para usuarios ciegos o con baja visión.
El estándar requiere que las interfaces digitales (pantallas, aplicaciones) ofrezcan la misma privacidad, independencia y facilidad de uso que para las personas videntes.
El Secretario debe desarrollar e implementar regulaciones detalladas para estos estándares en un plazo de aproximadamente tres años.
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Número de impresión: 118_HR_1328
Patrocinador: Rep. Schakowsky, Janice D. [D-IL-9]
Fecha de inicio: 2023-03-01