Protección de Derechos Civiles: No al Daño por Libertad Religiosa.
Esta ley busca fortalecer las protecciones de derechos civiles existentes, como la no discriminación, la igualdad de oportunidades laborales y el acceso a la atención médica. Significa que la libertad religiosa no podrá usarse para justificar acciones que dañen a otros o violen sus derechos, asegurando a los ciudadanos acceso pleno e igualitario a servicios y beneficios.
Puntos clave
Fortalecimiento de la No Discriminación: La libertad religiosa no podrá ser motivo para negar servicios o discriminar en el empleo.
Derechos Laborales: Los empleadores no podrán usar la libertad religiosa para evitar pagar salarios, beneficios o cumplir con las leyes laborales.
Acceso a la Atención Médica: La ley asegura que la libertad religiosa no limitará el acceso a información, referencias o servicios de atención médica.
Protección Infantil: Las leyes contra el trabajo infantil, el abuso y la explotación infantil permanecen inalteradas.
Acceso Igualitario al Gobierno: Todo ciudadano tiene derecho al disfrute pleno e igualitario de los bienes y servicios proporcionados por el gobierno.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_2725
Patrocinador: Rep. Scott, Robert C. "Bobby" [D-VA-3]
Fecha de inicio: 2023-04-19