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Protección de Conciencia del Farmacéutico: Derecho a Rechazar Medicamentos Abortivos

Esta ley busca proteger a farmacéuticos y otros proveedores de atención médica que, por razones morales, religiosas, de conciencia o médicas, se niegan a dispensar medicamentos abortivos. Prohíbe la discriminación por parte del gobierno federal y las entidades que reciben fondos federales contra dichas personas. Los ciudadanos podrían encontrarse con situaciones en las que una farmacia se niegue a dispensar un medicamento específico, pero la ley también proporciona una vía para buscar reparación si se violan estos derechos.
Puntos clave
Los farmacéuticos y otros proveedores de atención médica pueden negarse a dispensar medicamentos abortivos por objeciones de conciencia, religiosas o morales.
El gobierno federal y las entidades financiadas federalmente no pueden discriminar a estos proveedores por dicha negativa.
Las personas perjudicadas por la discriminación pueden emprender acciones legales, incluyendo daños y perjuicios.
La ley no exige que ningún proveedor de atención médica prescriba, dispense, refiera o almacene ningún medicamento o dispositivo.
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Número de impresión: 118_HR_279
Patrocinador: Rep. Carter, Earl L. "Buddy" [R-GA-1]
Fecha de inicio: 2023-01-11