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Prohibición de órdenes de arresto como identificación válida en aeropuertos.

Esta nueva ley busca mejorar la seguridad aeroportuaria al prohibir el uso de órdenes de arresto de inmigración como identificación válida. Esto significa que las personas que intenten volar deberán presentar otras formas estándar de identificación. Se hace una excepción para las personas que están siendo deportadas de los Estados Unidos, quienes aún pueden ser identificadas de esta manera.
Puntos clave
Las órdenes de arresto de inmigración (Formularios I-200 y I-205) ya no serán aceptadas como identificación válida en los puntos de control de seguridad de los aeropuertos.
Todos los viajeros, excepto aquellos que están siendo deportados, deben usar documentos de identificación estándar como una licencia de conducir o pasaporte.
El objetivo es fortalecer los controles de seguridad en los aeropuertos y asegurar que solo las personas debidamente identificadas pasen por los puntos de control.
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Número de impresión: 118_HR_2843
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Fecha de inicio: 2023-04-25