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Protección Deepfake: Nuevos derechos y penas para imágenes digitales íntimas

Esta ley introduce nuevas disposiciones para proteger a los ciudadanos de la distribución no deseada de imágenes digitales íntimas, creadas o alteradas digitalmente (conocidas como deepfakes). Otorga a las víctimas el derecho a reclamar daños y perjuicios en los tribunales y establece penas de prisión para las personas que distribuyan dichas imágenes sin consentimiento, especialmente si se hace con la intención de acosar o causar daño.
Puntos clave
La ley le permite demandar a alguien que distribuya imágenes digitales íntimas sin su consentimiento, incluso si la imagen es falsa.
Puede solicitar una compensación económica, incluyendo por angustia emocional, o una cantidad fija de 150.000 dólares, así como una orden judicial para eliminar las imágenes.
Distribuir dichas imágenes sin consentimiento, con la intención de acosar o causar daño, se convierte en un delito punible con hasta 2 años de prisión, y en algunos casos, hasta 10 años.
El consentimiento para crear una imagen no implica el consentimiento para distribuirla; el consentimiento debe ser por escrito y establecer claramente cómo se utilizará la imagen.
La ley no se aplica a las acciones de las fuerzas del orden, procedimientos legales, asuntos de interés público legítimo (a menos que la única razón sea ser una figura pública) o acciones destinadas a ayudar a la persona afectada.
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Número de impresión: 118_HR_3106
Patrocinador: Rep. Morelle, Joseph D. [D-NY-25]
Fecha de inicio: 2023-05-05