Establecimiento de un seguro nacional de licencia familiar y médica remunerada.
Esta ley crea un programa nacional de seguro social que proporciona licencias remuneradas por motivos de cuidado familiar o condiciones de salud graves personales. El programa se financia mediante nuevas contribuciones de nómina compartidas entre empleados y empleadores. Los individuos elegibles obtienen hasta 60 días de licencia remunerada por período de beneficios, con protección laboral y mantenimiento de beneficios de salud.
Puntos clave
Introducción de nuevos impuestos sobre la nómina (0.2% empleado, 0.2% empleador) para financiar el Fondo Fiduciario de Licencia Familiar y Médica.
Permite hasta 60 días de licencia remunerada en un período de beneficios para el cuidado calificado.
Las razones para la licencia se amplían para cubrir situaciones derivadas de violencia doméstica, agresión sexual o acoso.
Protección del empleo: el empleador debe restaurar al individuo a su puesto de trabajo original o a uno equivalente al finalizar la licencia.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_3481
Patrocinador: Rep. DeLauro, Rosa L. [D-CT-3]
Fecha de inicio: 2023-05-18