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Prohibición de abortos químicos sin presencia de proveedor de atención médica

Esta nueva ley prohíbe los abortos químicos sin un examen físico y la presencia de un proveedor de atención médica. Su objetivo es asegurar que las pacientes reciban atención médica adecuada y monitoreo de su salud, lo que podría afectar la accesibilidad y el método de estos procedimientos.
Puntos clave
Los abortos químicos requieren un examen físico y la presencia de un proveedor de atención médica.
Se debe programar una visita de seguimiento dentro de los 14 días posteriores a la administración del medicamento.
Las violaciones pueden resultar en multas de hasta $1,000 o hasta 2 años de prisión.
La ley no se aplica a abortos necesarios para salvar la vida de la madre ni al tratamiento de embarazos ectópicos.
La paciente no es responsable de ser procesada bajo esta sección.
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Información adicional
Número de impresión: 118_HR_421
Patrocinador: Rep. Good, Bob [R-VA-5]
Fecha de inicio: 2023-01-20