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Vales de Vivienda Garantizados y Prohibición de Discriminación por Fuente de Ingresos

Esta Ley busca poner fin a la falta de vivienda mediante la expansión de la asistencia habitacional. Establece el programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8) como un derecho para las familias elegibles de bajos ingresos a partir del año fiscal 2028. Además, prohíbe la discriminación en la vivienda basada en la fuente de ingresos, protegiendo a quienes utilizan asistencia habitacional federal, estatal o local.
Puntos clave
Garantía de Vivienda: A partir del año fiscal 2028, los vales de vivienda se convierten en un programa de derecho para las familias calificadas.
Expansión de Vales: Se asignarán 500,000 vales incrementales en el año fiscal 2024, y 500,000 anualmente de 2025 a 2027 (totalizando 2 millones).
Protección Antidiscriminación: La Ley enmienda la Ley de Vivienda Justa para incluir la "fuente de ingresos" (incluyendo vales y beneficios sociales) como una categoría protegida.
Fondos para Personas sin Hogar: 1.000 millones de dólares anuales (2024-2028) para subvenciones de emergencia, requiriendo usar al menos el 75% para vivienda de apoyo permanente (salvo exención).
Costos Iniciales: Las agencias pueden autorizar el uso de la asistencia de vales para depósitos de seguridad, honorarios de agentes y tarifas de solicitud.
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Información adicional
Número de impresión: 118_HR_4232
Patrocinador: Rep. Waters, Maxine [D-CA-43]
Fecha de inicio: 2023-06-21