arrow_back Volver a la aplicación

Exenciones fiscales para nuevas aeronaves de despegue y aterrizaje vertical

Esta ley amplía las exenciones fiscales existentes para el transporte aéreo, incluyendo nuevos tipos de aeronaves capaces de despegue y aterrizaje vertical. Esto significa que las empresas y personas que utilicen estas máquinas modernas para fines como el transporte de madera, la minería o como ambulancias aéreas, podrán pagar menos impuestos por estos servicios. El objetivo es apoyar el desarrollo y uso de tecnologías de aviación avanzadas.
Puntos clave
Las nuevas aeronaves de despegue y aterrizaje vertical (conocidas como "powered-lift aircraft") serán elegibles para exenciones fiscales que antes solo se aplicaban a helicópteros y aeronaves de ala fija.
Estas exenciones cubrirán el transporte aéreo utilizado en la minería, la industria maderera y como ambulancias aéreas, lo que podría reducir los costos operativos en estos sectores.
La ley define "powered-lift aircraft" como máquinas capaces de despegue vertical, aterrizaje vertical y vuelo a baja velocidad, que dependen principalmente de dispositivos de elevación impulsados por motor para la sustentación durante el vuelo y de una o más superficies aerodinámicas no giratorias para la sustentación durante el vuelo horizontal.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Expirado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_4719
Patrocinador: Rep. Panetta, Jimmy [D-CA-19]
Fecha de inicio: 2023-07-18