arrow_back Volver a la aplicación

Alivio de Préstamos Privados: Cancelación por Muerte o Discapacidad Permanente.

Esta legislación exige que los préstamos de educación privados sean cancelados si el estudiante prestatario fallece o sufre una discapacidad total y permanente. La ley protege tanto a los prestatarios como a los cofirmantes de la responsabilidad de la deuda. Además, garantiza que la deuda condonada no se considere ingreso sujeto a impuestos, proporcionando un alivio financiero esencial.
Puntos clave
Los préstamos estudiantiles privados deben cancelarse en caso de muerte o discapacidad total y permanente del prestatario.
Los cofirmantes también quedan liberados de su obligación de pagar la deuda.
La cantidad de la deuda cancelada por discapacidad o muerte no se tratará como ingreso imponible.
Los prestamistas tienen prohibido intentar cobrar la deuda o monitorear el estado de discapacidad después de la cancelación.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Expirado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_4784
Patrocinador: Rep. Dean, Madeleine [D-PA-4]
Fecha de inicio: 2023-07-20