Fin de las exenciones fiscales para actividades antisindicales
Esta ley busca evitar que las empresas deduzcan gastos relacionados con la influencia en las decisiones de los empleados sobre la formación de sindicatos o la participación en acciones colectivas. Esto significa que las empresas ya no podrán tratar estos costos como gastos deducibles de impuestos, promoviendo la libre elección de los empleados en asuntos sindicales.
Puntos clave
Las empresas ya no podrán deducir de impuestos los gastos relacionados con actividades destinadas a desalentar a los empleados de formar sindicatos o participar en huelgas.
La ley introduce nuevas reglas de información para las empresas sobre los gastos en actividades que influyen en los empleados en asuntos sindicales, junto con sanciones por incumplimiento o información incorrecta.
El objetivo es apoyar el derecho de los empleados a asociarse libremente y participar en la negociación colectiva, eliminando los subsidios fiscales para las actividades que obstaculizan esto.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_5428
Patrocinador: Rep. Norcross, Donald [D-NJ-1]
Fecha de inicio: 2023-09-13